Motivo del expediente: Pescar en el río Ebro, en las inmediaciones de la localidad de Reinosa,
paraje conocido como Vistalegre, a las 13:00 horas del día 24 de julio de 2009, utilizando
cebo no permitido.
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y BIODIVERSIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD CVE-2010-9062 Notifi cación de resolución de expediente de denuncia P-85/09. Intentada la notifi cación sin haberse podido practicar, de la resolución correspondiente al expediente de denuncia que se cita, se hace público el presente anuncio en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Número expediente: P-85/09. Nombre y apellidos: Filip Zachei. NIF: X-6815706-R. Domicilio: Avda. Cantabria, 18 - 1º I. Santander (Cantabria). Motivo del expediente: Pescar en el río Ebro, en las inmediaciones de la localidad de Reinosa, paraje conocido como Vistalegre, a las 13:00 horas del día 24 de julio de 2009, utilizando cebo no permitido. Denunciante: SEPRONA de la Guardia Civil de Reinosa. Los hechos descritos constituyen una infracción tipifi cada como grave en el artículo 48.e), de la Ley de Cantabria 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales de Cantabria, a sancionar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.b) de la citada Ley, en concordancia con lo dispuesto en el art. 2.1.7 de la Orden DES/70/2008, de 16 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad (BOC 31-12-2008), a sancionar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.b) de la citada Ley, con multa comprendida entre 300,01 euros y 3.000 euros. Importe de la multa: 300,01 euros. A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio queda abierto un período de un mes durante el cual el interesado podrá interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad, cuya resolución pondrá fi n a la vía administrativa. Transcurrido el plazo sin haber interpuesto recurso, el pago de la sanción deberá hacerse efectiva dentro del mes siguiente, mediante carta de pago que le sería facilitada en la Dirección General de Biodiversidad (calle Calderón de la Barca, 4 - 3.º de Santander Teléf.: 942 208 806). De no efectuarse el pago en la forma indicada, se procederá a su exacción por vía ejecutiva. Santander, 26 de mayo de 2010. La directora general de Biodiversidad, M.ª Eugenia Calvo Rodríguez. BOC
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HAY 4 COMENTARIO/S
Autor: yours Fecha: 14/07/2010 Hora: 11:29:46
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